Si eres trabajador independiente, pagas la seguridad social —salud, pensión y riesgos laborales— con la planilla PILA, mes vencido, y tu fecha límite es un día hábil entre el segundo y el decimosexto del mes, según los dos últimos dígitos de tu cédula o NIT. Como es día hábil y no día calendario, la fecha cambia cada mes con los fines de semana y los festivos. Si dejas de pagar dos periodos seguidos, se suspende tu afiliación. El recordatorio que nunca llega tarde es el día 1 de cada mes.
¿A quién le toca pagar la PILA?
Si trabajas con contrato laboral, tu empleador liquida y paga la seguridad social y te descuenta tu parte del salario: no tienes que hacer nada. Esta página es para quien trabaja por su cuenta: independientes, contratistas por prestación de servicios y quien cotiza de forma voluntaria.
Los independientes pagan mes vencido: en los primeros días hábiles de cada mes se paga el periodo del mes anterior. El pago se hace con la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes, la PILA, a través de un operador autorizado, en línea o de forma asistida.
¿Qué día vence mi pago en 2026?
Depende de los dos últimos dígitos de tu cédula o NIT, sin contar el dígito de verificación. La norma no dice «el día 5» sino «el quinto día hábil», y esa diferencia es todo el problema: los días hábiles no cuentan sábados, domingos ni festivos.
Por ejemplo, si tu cédula termina en 45, pagas hasta el octavo día hábil. En un mes que empieza lunes y sin festivos en las primeras semanas, eso cae el día 10; en un mes con un festivo en la primera semana, cae más tarde.
| Dos últimos dígitos | Vence el día hábil |
|---|---|
| 00 a 07 | 2.º |
| 08 a 14 | 3.º |
| 15 a 21 | 4.º |
| 22 a 28 | 5.º |
| 29 a 35 | 6.º |
| 36 a 42 | 7.º |
| 43 a 49 | 8.º |
| 50 a 56 | 9.º |
| 57 a 63 | 10.º |
| 64 a 69 | 11.º |
| 70 a 75 | 12.º |
| 76 a 81 | 13.º |
| 82 a 87 | 14.º |
| 88 a 93 | 15.º |
| 94 a 99 | 16.º |
¿Por qué se pasa la fecha?
Porque la gente la guarda como un día fijo. Alguien a quien un mes le tocó pagar el 9 se queda con «yo pago el 9», y el mes siguiente, cuando su día hábil cae el 11 o el 7, paga tarde o paga antes sin saber por qué.
Y el independiente no tiene una oficina de nómina que lo haga por él. Entre facturas, clientes y cuentas de cobro, la planilla se deja para «ahorita», y el ahorita se convierte en el mes siguiente.
¿Qué pasa si no pago?
Pagar después de tu fecha genera intereses de mora. Pero lo serio es otra cosa: según el artículo 2.1.9.3 del Decreto 780 de 2016, cuando un trabajador independiente deja de pagar sus cotizaciones durante dos periodos consecutivos, se suspende su afiliación. Mientras dure la suspensión, los servicios que necesites tú o tu familia se prestan a través de la red pública, no de tu EPS.
Hay una excepción importante: si tú o alguien de tu núcleo familiar está en un tratamiento en curso —ambulatorio, hospitalario, de urgencias o domiciliario—, la EPS tiene que mantener la continuidad de ese servicio hasta por cuatro periodos sin pago.
Si ya estás en mora, se puede firmar un acuerdo de pago con la EPS; mientras lo cumplas, la afiliación no se suspende. Es mejor no llegar ahí, pero conviene saber que esa salida existe.
Y hay una razón práctica más: si eres contratista, el comprobante de la planilla pagada es un soporte que suelen pedirte para tramitar el pago de tus honorarios. Una planilla atrasada puede frenar el pago de una cuenta de cobro.
¿Y si un mes no tengo ingresos?
Si pierdes tu capacidad de pago —te quedaste sin contratos, por ejemplo—, infórmaselo a tu EPS. Dejar de pagar sin avisar hace que se sigan acumulando periodos en mora y sus intereses; avisar a tiempo es lo que evita que la deuda crezca mientras no tienes ingresos.
Y cuando vuelvas a facturar, retomar el pago ese mismo mes es mucho más fácil que ponerse al día con varios atrasados. El toque del día 1 sirve también para eso: para que el mes en que vuelves a tener ingresos no se te pase sin volver a cotizar.
Cómo se lo pides a Toke
Toca una frase y se abre WhatsApp con ella ya escrita: cambia la fecha o la hora por la tuya y dale a enviar. Toke te contesta con la fecha y la hora exactas que entendió, así ves al momento si quedó bien. Si prefieres, díselo en una nota de voz: también la entiende. Los primeros 7 días son gratis y sin tarjeta.
- «Dame un toque el 1 de cada mes a las 8 para pagar la PILA»Llega antes que cualquier vencimiento de la tabla, sin importar tu cédula.Programar gratis
- «Recuérdame mañana a las 8 pagar la PILA de este mes»Un toque suelto, si hoy se te pasó.Programar gratis
- «Dame un toque el 3 de cada mes a las 6 de la tarde para guardar la planilla pagada»Un segundo toque para descargar el comprobante: te lo pueden pedir para cobrar un contrato.Programar gratis
Y si no contestas
Si el toque del día 1 te llega en plena reunión y no contestas, Toke vuelve a escribirte. Y si le dices «más tarde», te escribe otra vez en 15 minutos.
Toke vuelve a escribirte, hasta tres veces. Le respondes «listo» y para. Le dices «más tarde» y te escribe otra vez en 15 minutos.
Preguntas
¿Los empleados también tienen que pagar la PILA?
No. Si tienes contrato laboral, tu empleador liquida y paga tu seguridad social y te descuenta tu parte del salario. La PILA la pagas tú cuando trabajas como independiente, como contratista o como cotizante voluntario.
¿Por qué mi fecha de pago cambia cada mes?
Porque la norma fija un día hábil, no un día del mes. Los días hábiles no cuentan sábados, domingos ni festivos, así que según cómo caiga el calendario tu plazo se corre de un mes a otro.
¿Qué pasa si no pago la EPS dos meses?
Según el artículo 2.1.9.3 del Decreto 780 de 2016, cuando un independiente deja de pagar dos periodos consecutivos se suspende la afiliación, y los servicios que necesite se prestan por la red pública. Si hay un tratamiento en curso, la EPS debe mantenerlo hasta por cuatro periodos, y un acuerdo de pago evita la suspensión mientras se cumpla.
¿Cómo pago la PILA?
A través de un operador de información autorizado, en línea o de forma asistida. Liquidas tus aportes de salud, pensión y riesgos laborales en una sola planilla y pagas por PSE o por el medio que ofrezca el operador.
¿Toke sabe cuál es mi día hábil?
No. Toke te avisa lo que le pidas, en la fecha que le digas, y no calcula días hábiles. Por eso aquí te recomendamos el día 1 de cada mes: es la única fecha fija que siempre llega antes que cualquier vencimiento.
De dónde sale cada dato
- Actualícese — Calendario 2026 para el pago de aportes a seguridad social (se abre en otra pestaña) — Tabla de dígitos y día hábil de vencimiento (Decreto 780 de 2016, art. 3.2.2.1).
- Gerencie — Calendario para el pago de la seguridad social según el NIT (se abre en otra pestaña) — Los independientes pagan mes vencido, en los primeros días hábiles del mes siguiente.
- Gerencie — Suspensión de la afiliación a la EPS de trabajadores independientes (se abre en otra pestaña) — Suspensión tras dos periodos consecutivos (art. 2.1.9.3 del Decreto 780 de 2016), atención por la red pública y continuidad de tratamientos en curso.
- Actualícese — El Decreto 780 de 2016 permite acuerdos de pago con las EPS (se abre en otra pestaña) — Con un acuerdo de pago vigente no se interrumpe la prestación de los servicios.
Toke te recuerda cosas; no es asesoría legal, tributaria ni financiera. Las reglas cambian: si una fecha no te cuadra, manda la fuente oficial.
Que esta vez no se te pase.
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